Subvenciones para actividades musicales profesionales 2026

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Subvenciones para actividades musicales profesionales 2026

Subvenciones para actividades musicales profesionales 2026

La convocatoria regula la concesión de subvenciones destinadas a actividades musicales profesionales correspondientes al ejercicio 2026, con un periodo de ejecución, gasto admitido y justificación comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 10 de noviembre de 2027. La dotación presupuestaria total asciende a 550.000 euros, orientada al impulso de proyectos de producción musical desarrollados por personas físicas y entidades del ámbito profesional. En esta modalidad solo se admite una solicitud por persona o entidad beneficiaria, aunque en el caso de empresas musicales se permite incluir varios proyectos de producción dentro de una misma solicitud, siempre debidamente desglosados, orientando el apoyo a la profesionalización del sector y a la continuidad de proyectos de producción musical.

La eficacia de una política de apoyo a la producción musical se mide en la capacidad de sostener estructuras creativas viables a medio plazo sin comprometer la diversidad del ecosistema artístico.

En el ámbito de empresas musicales, los límites de participación dependen del perfil de actividad acreditado. Las entidades con mayor trayectoria o catálogo podrán optar a un mayor número de producciones y cuantías superiores, mientras que los perfiles con menor volumen de actividad tendrán límites más reducidos. Así, las entidades con al menos 15 ediciones entre 2023 y 2024 o con un fondo de catálogo superior a 150 ediciones podrán incluir hasta 4 producciones con una solicitud económica global máxima de 32.000 euros, con un tope de 16.000 euros por proyecto. Las que acrediten al menos 8 ediciones o más de 25 ediciones en catálogo podrán presentar hasta 3 producciones con un máximo de 25.000 euros. El resto de entidades podrán incluir hasta 2 producciones con una ayuda máxima global de 21.000 euros, manteniendo el límite de 16.000 euros por proyecto.

En las iniciativas unitarias, las personas o entidades de carácter empresarial podrán acceder a un máximo de 9.000 euros para un único proyecto, mientras que las asociaciones culturales podrán optar a hasta 6.500 euros. El pago de las subvenciones se estructura en dos fases, con un primer abono del 50% tras el plazo establecido sin renuncia y un segundo 50% a partir del 1 de enero de 2027 conforme a las condiciones establecidas en la convocatoria. La información disponible no detalla una fecha concreta de finalización del plazo de inscripción, por lo que únicamente puede considerarse el marco temporal general del procedimiento.

->Enlace convocatoria<-

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